miércoles, 8 de diciembre de 2010

Gente linda, les pego una gacetilla de prensa del Diputado de la Nación Diaz Roig. Abrazos (la verdad os hará libres)

Comunidad Aborigen de LA PRIMAVERA –FORMOSA: LA OTRA HISTORIA


Ante el grave y luctuoso problema ocurrido en la Comunidad Toba (QOM), de “LA PRIMAVERA”, CUMPLO EN COMPARTIR ALGUNAS REFLEXIONES:

a).- No me cierra que un gobierno provincial que en 1984 reconoció 340.000 has. de tierra a las comunidades aborígenes de las etnias Toba, Wichí y Pilagás, a través de la ley 426, hoy quiera “despojar” de 500 has. a una de ellas.-

b).- ESTOY SEGURO que el Dr. INSFRAN, que en 16 años de gobierno nunca ordenó una sola represión -ni siquiera cuando un grupo de manifestantes cascoteó su propia casa particular- no la ordenó ahora. Es más lógico aceptar que se desencadenaron los hechos en el marco de una medida judicial, como la que en la fecha se produjo en la ciudad Buenos Aires como es de público conocimiento.-

c).- En el dialecto QOM no existe la palabra piquete, por tanto en la cultura Qom, no existe la IDEA del piquete. Algún blanco se la inculcó.-

LA HISTORIA:

Sin intentar investigar el “íter”, o camino, de los acontecimientos que desembocaron en la muerte de dos formoseños, con el debido respeto a la investidura del juez que lleva la causa, considero propicia la oportunidad para recordar algunos antecedentes históricos, en muchos de los cuales fui protagonista, como militante de la causa aborigen.

En 1984, la Provincia de Formosa sanciona la ley 426, PRIMERA LEGISLACION DEL PAIS que reconoce los derechos de los pueblos originarios sobre sus territorios ocupados, otorgándoles la propiedad comunitaria de aquellos.

Se les otorgaron a las tres etnias, mas de 300.000 has. En dicha oportunidad quien esto escribe fue asesor jurídico de la “comisión de los 21” integrada por 7 caciques por cada etnia.

Casi dos años trabajaron los organismos técnicos de la Provincia para mensurar, encuadrar y otorgar los títulos de propiedad comunitaria. Entre ellos, se le amplió a La Primavera, de 5.000 a 5.200 has., con expresa conformidad del cacique de aquel entonces y de la comunidad toda.

Desde 1984 hasta el 2008 NUNCA EXISTIÓ UN RECLAMO. En octubre de dicho año, un pequeño grupo de aborígenes se introdujo en un campo lindero, y ante la actuación judicial, reconoció su error y se retiró del mismo.- En el 2010, el mismo grupo produjo el mismo hecho y el piquete o corte de ruta, que origina el conflicto.

En la Convención Constituyente Provincial de 1990/91, un Congreso de la ex comisión de los 21 y de todas las comunidades, reunido en LAS LOMITAS, propuso el texto de los Arts. 48 y 79 de la Constitución Provincial, que el suscripto introdujo en el anteproyecto de Constitución de su autoría y que fuera sancionado por unanimidad.

Este es el primer antecedente de reconocimiento de su territorio y de su identidad y cultura en el derecho Público Constitucional Argentino.

La Constitución Provincial del 2003 reafirmó en su Preámbulo, y en sus artículos concordantes (92, 93, Inc.10 y otros) la identidad multiétnica y pluricultural de Formosa, estableciendo la política del Gobierno Provincial, que en esta materia ha sido de vanguardia en todo el país.

Nuestra política hacia los pueblos originarios, ha permitido incorporar la educación bilingüe, los maestros especiales en modalidad aborigen (MEMAS), los enfermeros y extensionistas de salud aborigen, la construcción de escuelas, salas, hospitales, obras de infraestructura, el sistema de agua potable en las más lejanas comunidades originarias, la existencia de intendentes, concejales, diputados provinciales y convencionales constituyentes aborígenes, entre otros logros, que a título ejemplificativo nos dicen que los sueños que tuvimos quienes hace más de 40 años estamos militando en la causa aborigen, luchando por el desarrollo armónico e integral de nuestros hermanos, en Formosa son una realidad desde hace tiempo.

En la Convención Nacional Constituyente de 1994, fue GILDO INSFRAN a la sazón vicepresidente de la Comisión de Asuntos Federales, quien propuso con los restantes convencionales constituyentes formoseños, el texto que finalmente acogió dicho reconocimiento, en el Art. 75, Inc. 17, que es una réplica casi textual del Art. 79 de nuestra Carta Magna provincial.

Por lo tanto, sin pretender prejuzgar sobre móviles o intenciones de quienes hoy a través de un gran aparato publicitario nacional han formalizado una feroz campaña contra el Gobierno Provincial, y particularmente contra la figura de nuestro Gobernador, vengo a expresar estas reflexiones y estos datos históricos, que estimo ayudarán a tender un manto de comprensión en relación al hecho que hoy enluta a los 600.000 formoseños, pero que demuestran, inequívocamente, que si existe en la Argentina una provincia que ha desarrollado una política inclusiva, integral, progresista, vanguardista y revolucionaria en materia aborigen, es la Provincia de Formosa, de la mano de GILDO INSFRAN.-

Dr. Juan Carlos Díaz Roig

Diputado de la Nación

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